miércoles, 30 de marzo de 2011

OPCIONES

Una opción (instrumento financiero derivado) es un título que brinda a su poseedor el derecho a comprar o vender un activo (activo subyacente, que puede ser acciones, bonos, etc.) a un precio determinado (precio de ejercicio o strike) durante un período o en una fecha prefijada.

Hay dos tipos básicos de opciones:
  • Opción de compra (call) da a su propietario el derecho a comprar un activo en una fecha determinado por un cierto precio. 
  • Opción de venta (put) da al propietario el derecho a vender un activo en una fecha dada a un precio determinado.



En un contrato de opción, la posición ante el riesgo del comprador y vendedor son asimétricas. El vendedor de una opción CALL o PUT, asume la obligación de respetar la decisión o requerimiento del comprador, para tal efecto recibe un pago “prima”(es el precio que el comprador de una opción (put o call) paga al vendedor, a cambio del derecho derivado del contrato de opción) por el riesgo asumido en la venta de la opción.

De forma muy genérica se pueden dividir en dos grupos: las "vainilla" que consisten en los contratos básicos de opciones "call" o "put" y las "exóticas" que incorporan variantes que hacen más complejo su tratamiento y su valoración.
  • Opciones vainilla: Dependiendo del tipo de derecho, son opciones call (de compra) y opciones put (de venta). En función de su forma de ser ejercidas podemos diferenciar:
1.      Opción europea: tan sólo se pueden ser ejercidas en una fecha determinada (fecha de ejercicio).
2.      Opción americana: pueden ser ejercidas a lo largo de su vida hasta la fecha de ejercicio.

  •  Opciones exóticas: Son opciones que son más complejas. Incorporan distintas variantes ("exoticidades") que pueden llegar a complicar el cálculo de la valoración de la opción en gran medida. Algunas opciones exóticas son:
1.       Opción binaria o digital: el pago puede ser una cantidad determinada (o un activo) o, por el contrario, no haber pago en absoluto.(Exoticidad en el cálculo de pago)
2.       Opción “bermuda”: permite ser ejercida en varios momentos del tiempo, por ejemplo, trimestralmente.(Exoticidad en la fecha/forma del ejercicio)







 Espero que hayais entendido las opciones (tipo de derivados financieros). En la próxima entrada hablaré sobre los swaps para que queden claros, ya que en la anterior entrada explique los derivados financieros pero no concreté las opciones ni los swaps.

Un Saludo, Adriana.

Bibliografía:





martes, 22 de marzo de 2011

DERIVADOS FINANCIEROS

Un derivado financiero es un producto financiero cuyo valor se basa en el precio de otro activo, es decir, operaciones que se liquidan por diferencias entre el precio de mercado del subyacente (acciones, renta fija, bonos de deuda pública, etc.)y el precio pactado.

Este tipo de productos financieros, fueron concebidos, buscando eliminar la incertidumbre que generaba la fluctuación del precio de las cosas, tanto en el vendedor como en el comprador.

Normalmente son activos muy interesantes ya que permiten que juguemos con el valor futuro de los activos subyacentes sin hacer un gran desembolso. 

Están regulados por dos órganos rectores fundamentalmente: MEEF Renta Variable en Madrid y MEEF Renta Fija en Barcelona.

Algunas de sus características son:
  • Normalmente cotizan en mercados de valores, aunque también pueden no hacerlo.
  • El precio de los derivados varía con respecto siempre al del llamado “activo subyacente”, el valor al que está ligado dicho derivado.
  • También puede ser referido a productos no financieros ni económicos como las materias primas.
  • Normalmente la inversión que debes realizar es muy inferior, así comprarás una acción o una parte del valor subyacente por el que desees apostar.
  • Los derivados financieros tienen que cumplir una cualidad indispensable y es que siempre se liquidan de forma futura.
  • Se liquidará en una fecha futura.
  •  Pueden cotizarse en mercados organizados (como las bolsas) o no organizados.
  •  Las ganancias de un contratante son las pérdidas de otro.   
Dependiendo del tipo de contrato pueden ser: (me centraré más en los swaps y en opciones en las próximas entradas)

  • Swap: contrato de permuta o intercambio, es decir, contrato por el cual dos partes se comprometen a intercambiar una serie de cantidades de dinero en fechas futuras.
  • Forwards (futuros): contrato a largo plazo entre dos partes para comprar o vender un activo a precio fijado y en una fecha determinada.

  • Opciones: el derecho a comprar o vender algo en el futuro a un precio pactado, a diferencia de los futuros en las opciones se realiza una transacción en el momento de su contratación.
  • Contrato por diferencia (CFD): es un contrato por el que se intercambia la diferencia del precio de un instrumento financiero en el momento de apertura del contrato y el precio en el momento de cierre del mismo.
Espero que hayais entendido los derivados financieros.En las próximas entradas hablaré sobre los swaps y opciones.
Hasta pronto.
Un Saludo.

Bibliografía:
http://www.abanfin.com/modules.php?tit=derivados-financieros&name=Manuales&fid=ed0adaa